Es una estructura muy común en República Dominicana: el dueño tiene una constructora, una inmobiliaria y una SRL por cada proyecto. O una importadora y una distribuidora. O la operativa y otra que le alquila la maquinaria.
Cada vez que una de esas empresas le factura a otra, se realiza una operación entre partes relacionadas. Y ahí aplica un régimen que muchos empresarios desconocen hasta que reciben un requerimiento.
Qué son los precios de transferencia
Son las condiciones (precios, tasas de interés, márgenes, comisiones) que se pactan en operaciones entre empresas vinculadas, es decir, con el mismo dueño, socios comunes o control compartido.
El principio que rige es el de plena competencia: esas operaciones deben pactarse como si fueran entre partes independientes. La lógica del fisco es simple: si no existiera esa regla, un grupo podría inflar o desinflar precios internos para trasladar ganancias a la empresa que menos impuesto paga.
Operaciones típicas que quedan alcanzadas
- La constructora del grupo que factura la obra a la SRL del proyecto.
- La inmobiliaria que cobra comisión por vender las unidades.
- Préstamos entre empresas del grupo, o del socio a la empresa.
- Alquiler de maquinaria, vehículos u oficinas entre vinculadas.
- Servicios administrativos, contables o gerenciales compartidos.
- Uso de marca o licencias dentro del grupo.
- Compras a proveedores relacionados en el exterior.
Las preguntas que hace la DGII
Ante una revisión, el enfoque suele ser directo:
- ¿La constructora le cobró al proyecto un precio de mercado o uno inflado para bajar la ganancia gravable?
- ¿El préstamo del socio tiene una tasa razonable, o es una forma encubierta de retirar utilidades?
- ¿El alquiler de la maquinaria refleja lo que cobraría un tercero?
- ¿Los servicios administrativos que se facturan entre empresas realmente se prestaron?
La carga de demostrar que sí está del lado del contribuyente. Por eso existe el estudio.
Qué es el estudio de precios de transferencia
Es el informe técnico que documenta y justifica esos precios. El trabajo típico incluye:
- Identificar las partes relacionadas y todas las operaciones entre ellas durante el ejercicio.
- Analizar funciones, activos y riesgos de cada empresa del grupo.
- Elegir el método de comparación adecuado (precio comparable no controlado, costo adicionado, precio de reventa, margen neto transaccional, partición de utilidades).
- Buscar comparables de mercado y construir el rango.
- Demostrar que los precios pactados caen dentro de ese rango, o proponer el ajuste.
Adicionalmente, los contribuyentes alcanzados deben presentar la declaración informativa de operaciones entre partes relacionadas junto con el IR-2, y conservar el estudio disponible por si la DGII lo requiere.
¿A quién le aplica?
El Código Tributario (artículo 281) y la normativa complementaria de la DGII definen quiénes son partes relacionadas y a partir de qué montos surge la obligación de declarar y documentar. Estos umbrales y requisitos se han modificado en varias ocasiones mediante normas generales.
Por eso la recomendación práctica es no asumir nada: verifique la norma vigente para el ejercicio que va a declarar. Una empresa que no estaba obligada hace tres años puede estarlo hoy por crecimiento en el volumen de operaciones con vinculadas.
Por qué esto se volvió más urgente
Con la facturación electrónica, la DGII recibe cada comprobante en tiempo casi real, incluyendo los emitidos entre empresas relacionadas. Detectar patrones de facturación intragrupo ya no requiere una fiscalización de campo: sale del cruce de datos.
Qué hacer
- Haga el mapa de su grupo: qué empresas existen, quién es dueño de qué, y qué se facturan entre sí.
- Cuantifique el monto anual de esas operaciones.
- Verifique si supera los umbrales vigentes.
- Si los supera, encargue el estudio con tiempo: no es un documento que se improvisa en marzo.
- Revise que los contratos internos existan y reflejen lo que realmente ocurre.
Este artículo es informativo y no sustituye asesoría profesional para su caso específico. Los umbrales, plazos y requisitos de la DGII cambian mediante normas generales; verifique la normativa vigente.
En Solfis acompañamos a grupos empresariales en la documentación de operaciones entre vinculadas. Escríbanos para revisar su estructura.
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